Jornada Penitencial Nacional

Subsidio para una celebración en familia

Tomando en cuenta la Nota de la Penitenciaría Apostólica, de la Santa Sede, de fecha del 20 de marzo de 2020, acerca del Sacramento de la Penitencia en la actual situación de pandemia, donde puntualiza que: “Cuando el fiel se encuentre en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor del Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que el penitente pueda expresar en ese momento) y acompañada del firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1452)”, se ofrece esta guía para una celebración familiar, para que, a la luz de la Palabra de Dios que nos llama a la conversión, hagamos juntos un acto de contrición perfecta, con el compromiso de acceder al Sacramento de la Penitencia, tan pronto las circunstancias lo permitan. Si no tenemos algún impedimento moral, con esta celebración tenemos fe y confianza de estar en gracia de Dios.


A nivel nacional, se propuso el Viernes de Dolores, 3 de abril, para hacer esta celebración, invitándonos a ayunar este día y guardar la abstinencia de carnes, como un sacrificio ofrecido a Dios para que acabe esta pandemia.

2. CÓMO HACER UN ACTO DE CONTRICIÓN PERFECTA

Después de la conversión de la persona por obra del Espíritu Santo (Catecismo de la Iglesia Católica -CIC-, 1448), ésta responde mediante la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción, y luego la Iglesia en nombre de Jesucristo, concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora por el pecador y hace penitencia por él.

La contrición perfecta o atrición de caridad, es el dolor y detestar el pecado que surgen del amor de Dios, con la resolución de no volver a pecar (CIC, 1451-1454). Una manera de motivar esta contrición en nuestros corazones es considerando la pasión de Jesucristo y haciendo actos de amor por Él.

También podemos pensar en el amor infinito que Dios tiene por nosotros, y expresar dolor en nuestro corazón en presencia de este gran amor que hemos ofendido. Cuando se llega a ella perdona las faltas veniales; obtiene también el perdón de los pecados mortales si comprende la firme resolución de recurrir tan pronto sea posible a la confesión sacramental.

1. Viacrucis Dialogado

El coronavirus nos sitúa ante una de las cruces que los seres humanos tenemos que afrontar a lo largo de nuestra vida: la cruz de la enfermedad.

Una cruz que puede llegar a trastocar todos los ámbitos de la existencia: el ámbito personal, el familiar, el social e incluso el mundial, como está ocurriendo.

Oramos, junto a la cruz de Jesús, para que el Señor nos ayude en medio de esta circunstancia excepcional que requiere de la colaboración de todos para poder superarla.

Que encontremos luz y paz en la Cruz de nuestro Señor Jesucristo.

3. NOTA ACERCA DEL SACRAMENTO DE LA RECONCILIACIÓN EN LA ACTUAL SITUACIÓN DE PANDEMIA

Yo estoy con vosotros todos los días

(Mt 28,20)

La gravedad de las circunstancias actuales exige una reflexión sobre la urgencia y la centralidad del Sacramento de la Reconciliación, junto con algunas aclaraciones necesarias, tanto para los fieles laicos como para los ministros llamados a celebrar el Sacramento.

Incluso en la época de Covid-19, el Sacramento de la Reconciliación se administra de acuerdo con el Derecho canónico universal y con las disposiciones del Ordo Paenitentiae.

La confesión individual es el modo ordinario de celebrar este sacramento (cf. c. 960 CIC), mientras que la absolución colectiva, sin la confesión individual previa, no puede impartirse sino en caso de peligro inminente de muerte, por falta de tiempo para oír las confesiones de los penitentes individuales (cf. c. 961 § 1 CIC) o por grave necesidad (cf. c. 961 § 1,2.º CIC), cuya consideración corresponde al Obispo diocesano, teniendo en cuenta los criterios acordados con los demás miembros de la Conferencia Episcopal (cf. c. 455 § 2 CIC), y sin perjuicio de la necesidad, para la válida absolución, del votum sacramenti por parte del penitente individual, es decir, del propósito de confesar a su debido tiempo los pecados graves que en su momento no pudieron ser confesados (cf. c. 962 § 1 CIC).

Esta Penitenciaría Apostólica considera que se dan los casos de grave necesidad mencionados en el can. 961, § 2 CIC arriba mencionado, sobre todo en los lugares más afectados por el contagio de la pandémico y hasta que el fenómeno remita.

Cualquier especificación ulterior es atribuida por el derecho a los Obispos diocesanos, teniendo siempre en cuenta el bien supremo de la salvación de las almas (cf. c. 1752 CIC).

Si se presentara de improviso la necesidad de impartir la absolución sacramental a varios fieles juntos, el sacerdote está obligado a avisar previamente al Obispo diocesano en la medida de lo posible o, si no puede, informarle cuanto antes (cf. Ordo Paenitentiae, n. 32).

En la presente emergencia pandémica, corresponde por tanto al Obispo diocesano indicar a los sacerdotes y penitentes las precauciones prudentes que deben adoptarse en la celebración individual de la reconciliación sacramental, como la celebración en un lugar

ventilado fuera del confesionario, la adopción de una distancia adecuada, el uso de máscaras protectoras, sin perjuicio de la absoluta atención a la salvaguardia del sigilo sacramental y la necesaria discreción.

Además, siempre le corresponde al Obispo diocesano determinar, en el territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el nivel de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las instalaciones hospitalarias, donde se hospeda a los fieles contagiados en peligro de muerte, utilizando en lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz para que se pueda oír la absolución.

Se debe considerar la necesidad y conveniencia de establecer, cuando sea necesario, de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos de «capellanes extraordinarios de hospitales», contando también con sacerdotes voluntarios, cumpliendo las normas de protección contra el contagio, para garantizar la necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos.

Cuando el fiel se encuentra en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, se recuerda que la contrición perfecta, procedente del amor de Dios, amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que en ese momento el penitente esté en condiciones de expresar) y acompañada de votum confessionis, es decir, del firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales (cf. Catecismo, n. 1452).

Nunca como en este tiempo la Iglesia experimenta la fuerza de la comunión de los santos, eleva a su Señor Crucificado y Resucitado votos y oraciones, especialmente el Sacrificio de la Santa Misa, celebrada diariamente, incluso sin pueblo, por los sacerdotes.

Como buena madre, la Iglesia implora al Señor que la humanidad sea liberada de tal flagelo, invocando la intercesión de la Santísima Virgen María, Madre de Misericordia y la Salud de los Enfermos, y de su Esposo San José, bajo cuyo patrocinio la Iglesia desde siempre camina en el mundo.

Que María Santísima y San José nos obtengan abundantes gracias de reconciliación y salvación, en la atenta escucha de la Palabra del Señor, que hoy repite a la humanidad:

«Deteneos y sabed que yo soy Dios« (Sal 46, 11), «Yo estoy con vosotros todos los días» (Mt 28, 20).

Dado en Roma, desde la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 19 de marzo de 2020, Solemnidad de San José, Esposo de la B.V. María, Patrono de la Iglesia Universal.

Mauro Card. Piacenza Penitenciaría Mayor

Krzysztof Nykiel
Regente

4. Subsidio para la Penitencia en Familia durante la Emergencia Sanitaria por el Coronavirus

La experiencia de la misericordia de Dios

La Penitenciaría Apostólica emitió, con fecha 20 de marzo de 2020, una nota sobre el Sacramento de la Penitencia en la actual situación de pandemia, se recuerda lo siguiente:

“También en la época de Covid-19, el Sacramento de la Reconciliación se administra de acuerdo con el derecho canónico universal y según lo dispuesto en el Ritual de la Penitencia.

Cuando el fiel se encuentre en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor del Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que el penitente pueda expresar en ese momento) y acompañada del firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1452)”.

La celebración en familia puede ser guiada por el papá o la mamá, o el miembro que haga cabeza en la familia.

5. El por qué y el cómo hacer una Comunión Espiritual

Michael R. Heinlein 14 de marzo de 2020 (texto original)

Imagen de Shutterstock

Los católicos de todo el mundo están experimentando un ayuno inesperado y desafortunado de la Eucaristía, que viene a raíz del nuevo coronavirus COVID-19. En muchos sentidos, la imposibilidad de muchos para recibir la Santa Comunión se ha convertido en una penitencia de Cuaresma inimaginable.

Los católicos en los últimos días, en otros países del mundo, han visto a sus arzobispos y obispos suspender la celebración pública de la Santa Misa o conceder dispensas de la obligación de asistir a la Misa dominical, todo con la esperanza de ayudar prevenir la propagación del virus practicando el “distanciamiento social”.

¿Cómo pueden los católicos dar sentido a esta ausencia de adoración pública o recepción del Cuerpo y la Sangre de nuestro Señor? Podría ser útil echar un breve vistazo a la situación de los demás, la práctica católica regular y luego considerar maneras de aprovechar al máximo la situación y seguir creciendo en nuestra relación con el Señor dados los obstáculos actuales.

Obligación de Misa y Comunión

En primer lugar, hay que decir que la obligación de asistir a la Misa dominical y la recepción de la Santa Comunión son dos cosas diferentes. De hecho, no todos los católicos reciben la Santa Comunión en la Misa. Por ejemplo, los católicos están obligados a abstenerse de recibir la Santa Comunión cuando están en el estado de pecado mortal. No adherirse al ayuno eucarístico —es decir, abstenerse de alimentos y bebidas distintos del agua una hora antes de la recepción de la Santa

Comunión— también puede impedir que los católicos reciban la Comunión. También hay que considerar a los católicos que se quedan en casa que a menudo no pueden recibir la Eucaristía con la frecuencia que les gustaría. Otros católicos podrían vivir en regiones distantes, al igual que los pioneros católicos en América o los habitantes modernos de la Amazonía, en donde la recepción de la Eucaristía es una rareza preciada. Hay también inmigrantes y católicos encarcelados, o aquellos que están sufriendo los efectos de la guerra, etc.

En segundo lugar, cabe destacar que la recepción frecuente de la Santa Comunión, en realidad, es un fenómeno más reciente, comúnmente ligado al fomento de la práctica por el Papa San Pío X (Papa de 1903-1914). Durante muchos siglos, la recepción regular de la Santa Comunión no fue muy regular en absoluto. Tomemos, por ejemplo, San Luis IX (1214-1270), el monarca francés famoso por su propia santidad, que recibió la Santa Comunión sólo seis veces al año, y que se pensaba que era frecuente en ese momento. De hecho, la obligación de recibir la Santa Comunión permanece hasta el día de hoy sólo una vez al año para los católicos, y esto es en algún momento durante la temporada de Pascua, a menudo conocido como nuestro “deber u obligación de Pascua”.

Esta interesante dicotomía —que la Iglesia exige a los católicos que asistan a Misa los domingos y días santos de obligación (alrededor de 60 días por año), mientras que obliga a los católicos a recibir la Santa Comunión sólo una vez al año, de acuerdo con la ley universal, nos dice que nuestra obligación de participar en la Misa no está supeditada a recibir la Santa Comunión. Al mismo tiempo, nos dice el Catecismo de la Iglesia Católica, que no se debe restar importancia a entender que “la Iglesia recomienda calurosamente que los fieles reciban la Santa Comunión cada vez que participen en la celebración de la Eucaristía” (núm. 1417).

Un acto de toda la Iglesia

Debido a que todos los bautizados se incorporan al cuerpo de Cristo, cada vez que Cristo se ofrece al Padre en la Eucaristía, toda la Iglesia está presente místicamente y se ofrece al Padre, “total y completo”, como lo indica el Catecismo (núm. 1368). Esto significa que, a pesar de la actual falta de encuentros públicos, sabemos que la celebración de la Misa continúa. Nuestros sacerdotes celebrarán la Misa sin nosotros, pero ofreciendo el Sacrificio Eucarístico por nuestro bien.

Todos los miembros de la Iglesia —los miembros del propio cuerpo de Cristo— están unidos a él en todas y cada una de las Misas. Como tal, todos estamos juntos ofrecidos al Padre en sacrificio, como relata el Catecismo:

“En la Eucaristía, el sacrificio de Cristo se convierte también en el sacrificio de los miembros de su Cuerpo. La vida de los fieles, sus alabanzas, sufrimientos, oración y obra, están unidos a los de Cristo y con su ofrenda total, y así adquieren un nuevo valor. El sacrificio de Cristo presente en el altar hace posible que todas las generaciones de cristianos estén unidos a su ofrenda” (núm. 1368).

En estos días, también somos capaces de aprovechar la tecnología y asistir a la misa “prácticamente”. Muchos obispos y sacerdotes, e incluso el Papa, están ofreciendo transmisiones en vivo de sus misas diarias en beneficio de los fieles. Este es un método del siglo XXI para lograr lo que hizo San Carlos Borromeo (1538- 1584), cuando durante un brote de peste en Milán durante su mandato como arzobispo allí, ordenó la celebración de la Misa en lugares abiertos para que la gente pudiera verla desde su Casas.

Practicar la Comunión Espiritual

Es importante recordar que, aunque nuestra obligación de asistir a la Misa podría ser dispensada, nunca se nos dispensa de honrar el Tercer Mandamiento a “santificar el día de reposo o de guardar”. El domingo queda por reservar como otra oportunidad para crecer en comunión con el Señor. Cuando no podemos asistir físicamente a la Misa, podemos considerar la práctica de la “Comunión Espiritual”, un acto al que los santos han dado un testimonio constante.

La Comunión Espiritual es una práctica tradicional de expresar al Señor nuestro anhelo por Él y nuestro deseo de que entre en nuestros corazones. Santa Teresa de Ávila (1515-1582) dijo: “Cuando no recibes la comunión y no asistes a la Misa, puedes hacer una comunión espiritual, que es una práctica muy beneficiosa; por ella el amor de Dios quedará gratamente impreso en ti.”

San Juan María Vianney (1786-1859), el famoso sacerdote campesino de Ars, Francia, dijo una vez “cuando sentimos que el amor de Dios se enfría, hagamos instantáneamente una Comunión espiritual. Cuando no podamos ir a la iglesia, volvamos hacia el tabernáculo; ningún muro puede sacarnos del buen Dios”.

¿Cómo podríamos hacer una Comunión espiritual? San Pedro Julián Eymard (1811- 1868), el “apóstol de la Eucaristía” francés, sugirió el siguiente formato:

“Si no recibes (Santa Comunión) sacramentalmente, recíbela espiritualmente haciendo los siguientes actos: concibe un deseo real de estar unido a Jesucristo reconociendo la necesidad que tienes de amar Su Vida; despiértate a la contrición perfecta por todos tus pecados, pasados y presentes, considerando la bondad infinita y la santidad de Dios; recibir a Jesucristo en espíritu más íntimamente en tu alma, suplicándole que te dé la gracia de vivir enteramente por Él, ya que sólo puedes vivir por él; imita a Zaqueo en sus buenas resoluciones y agradece a nuestro Señor que has sido capaz de escuchar la Santa Misa, y hacer una Comunión Espiritual; ofrecer en acción de gracias un acto especial de homenaje, un sacrificio, un acto de virtud, y suplicar la bendición de Jesucristo sobre ti mismo, todos tus parientes y amigos.”

Si bien la Iglesia no prescribe ninguna fórmula para hacer un acto de comunión espiritual, las oraciones compuestas por varios santos forman parte del rico tesoro de devociones de la Iglesia. Uno de los actos más populares de comunión espiritual proviene de San Alfonso María de Ligorio (1696-1787):

“Jesús mío, creo que estás presente en el Santísimo Sacramento del Altar. Te amo por encima de todas las cosas y deseo recibirte en mi alma. Pero como ahora no puedo recibirte sacramentalmente, ven al menos espiritualmente a mi corazón. Te abrazo como si ya estuvieras allí, y me uno totalmente contigo. Nunca permitas que me separe de Ti. Amén.”

Otras formas de comunión

Aunque anhelamos una unidad más plena y una comunión con el Señor, debemos consolarnos con sus propias palabras: «Porque donde dos o tres están reunidos en mi nombre, allí estoy Yo en medio de ellos» (Mt 18, 20).

La Iglesia es verdaderamente un solo cuerpo, unido en Cristo, que es el Verbo eterno de Dios hecho carne (véase Jn 1, 14). Crecemos en unión con el Señor mediante la lectura de las Escrituras; en efecto, Cristo nos alimenta con su Palabra, que la Constitución del Concilio Vaticano II sobre la Palabra de Dios (“Dei Verbum”) llama “alimento para el alma” (núm. 21)”. La Iglesia siempre ha venerado las Escrituras divinas del mismo lado que venera el cuerpo del Señor, ya que, especialmente en la sagrada liturgia, recibe y ofrece incesantemente a los fieles el pan de vida de la mesa tanto de la Palabra de Dios, como del cuerpo de Cristo” (“Dei Verbum”, No 21).

Cuando no podemos asistir a la Misa o recibir la Santa Comunión, podemos unirnos más estrechamente leyendo, estudiando, orando y compartiendo sobre las Escrituras. Considere las lecturas diarias ofrecidas en el Leccionario. Practique el método meditativo y reflexivo de orar con la palabra de Dios (Lectio divina). Encontrar al Señor a través de los salmos y oraciones de la Liturgia de las Horas, que el Catecismo afirma, “es como una extensión de la celebración eucarística, no excluye sino de manera complementaria las diversas devociones del Pueblo de Dios, especialmente la adoración y el culto del Santísimo Sacramento” (núm. 1178). Y está el Santo Rosario, que, señaló el Papa San Juan Pablo II, nos pone “en comunión viva con Jesús” (“Rosarium Virginis Mariae”, No 2).

Comunión Viviente

Por último, recuerden que la asistencia a la Misa y la recepción de la Santa Comunión son actos de adoración a Dios. Por nuestro bautismo, e intensificado en la recepción de la Santa Comunión, nos conformamos cada vez más a Cristo. San Agustín (354-430) escribió: «¡Si tú, por lo tanto, eres el cuerpo y los miembros de Cristo, es vuestro propio misterio el que está sobre la mesa del Señor! ¡Es tu propio misterio el que estás recibiendo! Estás diciendo ‘Amén’ a lo que eres: tu respuesta es una firma personal, afirmando tu fe. Cuando escuchas ‘El cuerpo de Cristo’, respondes ‘Amén‘. ¡Sé un miembro del cuerpo de Cristo, entonces, para que tu “Amén” suene verdadero!” (Sermón 272).

San Pablo también dice que nuestra vida moral, cuando se ordena debidamente, es un acto de adoración. En efecto, con nuestra vida podemos adorar y vivir en comunión con Jesús. Dice: “Por tanto, hermanos, por la misericordia de Dios, ofrezcan sus cuerpos como sacrificio vivo, santo y agradable a Dios, que ése sea su adoración espiritual” (Rm 12, 1). Aquí, como enseñó el Papa Benedicto XVI, San Pablo “habla de la liturgia como vida. Nosotros mismos, nuestro cuerpo; nosotros en nuestro cuerpo y cómo nuestro cuerpo debe ser liturgia.

Esta es la novedad del Nuevo Testamento, y lo volveremos a ver más tarde: Cristo se ofrece a sí mismo y, por lo tanto, reemplaza todos los demás sacrificios. Y quiere ‘atraernos’ a la comunión de su Cuerpo. Nuestro cuerpo, con el suyo, se convierte en la gloria de Dios, se convierte en liturgia… la verdadera liturgia es la de nuestro cuerpo, de nuestro ser en el Cuerpo de Cristo, tal como Cristo mismo hizo la liturgia del mundo, la liturgia cósmica, que se esfuerza por atraer a todas las personas a sí misma.”

Michael R. Heinlein es editor de Simply Catholic. Escribe desde Indiana. Envíenos sus comentarios al oursunvis@osv.com

6. INDULGENCIAS PLENARIAS EN ESTE TIEMPO DE CORONAVIRUS

PENITENCIARÍA APOSTÓLICA DECRETO

Se concede el don de Indulgencias especiales a los fieles que sufren la enfermedad de Covid-19, comúnmente conocida como Coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, en cualquier calidad, los cuidan.

“Con la alegría de la esperanza; constantes en la tribulación; perseverantes en la oración”(Rom 12:12). Las palabras escritas por San Pablo a la Iglesia de Roma resuenan a lo largo de toda la historia de la Iglesia y orientan el juicio de los fieles ante cada sufrimiento, enfermedad y calamidad.

El momento actual que atraviesa la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace tiempo ha entrado con prepotencia a formar parte de la vida de todos, está jalonado día tras día por angustiosos temores, nuevas incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado.

La Iglesia, siguiendo el ejemplo de su Divino Maestro, siempre se ha preocupado de cuidar a los enfermos. Como indicaba San Juan Pablo II, el valor del sufrimiento humano es doble: “Sobrenatural y a la vez humano. Es sobrenatural, porque se arraiga en el misterio divino de la redención del mundo, y es también profundamente humano, porque en él el hombre se encuentra a sí mismo, su propia humanidad, su propia dignidad y su propia misión.” (Carta Apostólica Salvifici Doloris, 31).

También el Papa Francisco, en estos últimos días, ha manifestado su cercanía paternal y ha renovado su invitación a rezar incesantemente por los enfermos de Coronavirus.

Para que todos los que sufren a causa del Covid-19, precisamente en el misterio de este padecer, puedan redescubrir “el mismo sufrimiento redentor de Cristo” (ibíd., 30), esta Penitenciaría Apostólica, ex auctoritate Summi Pontificis, confiando en la palabra de Cristo Señor y considerando con espíritu de fe la epidemia actualmente en curso, para vivirla con espíritu de conversión personal, concede el don de las Indulgencias de acuerdo con la siguiente disposición.

Se concede la Indulgencia plenaria a los fieles enfermos de Coronavirus, sujetos a cuarentena por orden de la autoridad sanitaria en los hospitales o en sus propias casas si, con espíritu desprendido de cualquier pecado, se unen espiritualmente a través de los medios de comunicación a la celebración de la Santa Misa, al rezo del Santo Rosario, a la práctica piadosa del Vía Crucis u otras formas de devoción, o si al menos rezan el Credo, el Padrenuestro y una piadosa invocación a la Santísima Virgen María, ofreciendo esta prueba con espíritu de fe en Dios y de caridad hacia los hermanos, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), apenas les sea posible.

Los agentes sanitarios, los familiares y todos aquellos que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, cuidan de los enfermos de Coronavirus según las palabras del divino Redentor: “Nadie tiene mayor amor que éste: dar la vida por sus amigos” (Jn 15,13), obtendrán el mismo don de la Indulgencia Plenaria en las mismas condiciones.

Esta Penitenciaría Apostólica, además, concede de buen grado, en las mismas condiciones, la Indulgencia Plenaria con ocasión de la actual epidemia mundial, también a aquellos fieles que ofrezcan la visita al Santísimo Sacramento, o la Adoración Eucarística, o la lectura de la Sagrada Escritura durante al menos media hora, o el rezo del Santo Rosario, o el ejercicio piadoso del Vía Crucis, o el rezo de la corona de la Divina Misericordia, para implorar a Dios Todopoderoso el fin de la epidemia, el alivio de los afligidos y la salvación eterna de los que el Señor ha llamado a sí.

La Iglesia reza por los que estén imposibilitado de recibir el sacramento de la Unción de los enfermos y el Viático, encomendando a todos y cada uno de ellos a la Divina Misericordia en virtud de la comunión de los santos y concede a los fieles la Indulgencia plenaria en punto de muerte siempre que estén debidamente dispuestos y hayan rezado durante su vida algunas oraciones (en este caso la Iglesia suple a las tres condiciones habituales requeridas). Para obtener esta indulgencia se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz (cf. Enchiridion indulgentiarum, n.12).

Que la Santísima Virgen María, Madre de Dios y de la Iglesia, Salud de los Enfermos y Auxilio de los Cristianos, Abogada nuestra, socorra a la humanidad doliente, ahuyentando de nosotros el mal de esta pandemia y obteniendo todo bien necesario para nuestra salvación y santificación.

El presente decreto es válido independientemente de cualquier disposición en contrario. Dado en Roma, desde la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 19 de marzo de 2020.

Mauro. Card. Piacenza
Penitenciario Mayor

7. Manual DE SEMANA SANTA para Celebrarlo en Familia Ciclo “A” 2020

Ante la contingencia que nos está tocando vivir muy probablemente no podamos asistir a nuestras iglesias, muy probablemente lo podamos ver por la televisión, pero aquí encontrarás una guía para que tu como jefe o jefa de familia la puedas de una manera vivencial con tu familia.


Los ritos serán sencillos y breves para que santifiques esta Semana que es la mayor de las festividades de los católicos.